Notas importantes y condiciones para el envío de pedidos en la tienda online de Lindemann
J. Lindemann GmbH.
I. Validez/Ofertas
1. Estas condiciones generales de venta se aplican a todos los – también futuros – contratos y otros servicios. Las condiciones del comprador no nos obligan aunque no las contradigamos expresamente de nuevo tras su recepción.
2. Nuestras ofertas están sujetas a cambios sin previo aviso. Los acuerdos, en particular los acuerdos colaterales verbales, promesas, garantías y otros aseguramientos hechos por nuestro personal de ventas sólo serán vinculantes tras nuestra confirmación por escrito.
3. Los documentos pertenecientes a la oferta, tales como dibujos, ilustraciones, datos técnicos, referencias a normas, así como las declaraciones en medios publicitarios no son declaraciones de calidad, garantías de características o garantías, a menos que se designen expresamente como tales por escrito.
4. Las desviaciones del artículo de entrega de las ofertas, muestras, pruebas y preentrega están permitidas de acuerdo con las normas DIN/EN respectivamente válidas u otras normas técnicas relevantes.
II. Precios
1. Nuestros precios están indicados en euros, a menos que se acuerde lo contrario, y son válidos ex fábrica sin embalaje, más el impuesto sobre el valor añadido. El cálculo se basa en los precios válidos el día de la entrega.
III. Pago y compensación
1. Nuestras facturas deben realizarse en un plazo de 30 días netos, a partir de la fecha de la factura. El pago debe hacerse dentro de estos plazos de tal manera que el monto requerido para la liquidación de la factura esté disponible para nosotros a más tardar en la fecha de vencimiento. El comprador estará en incumplimiento a más tardar 10 días después de la fecha de vencimiento de nuestra reclamación, sin necesidad de un recordatorio.
2. Las facturas de montaje, reparaciones, moldes, accesorios, herramientas y componentes de coste de herramienta se deben pagar de inmediato y se pagan netas.
3. Las contrademandas impugnadas por nosotros o no establecidas legalmente no dan derecho al comprador a la retención o a la despegue.
4. Si se supera el plazo de pago, a más tardar a partir de la fecha de incumplimiento, tenemos derecho a cobrar intereses iguales a los tipos bancarios respectivos por sobregiros, pero al menos intereses por encima de 8 puntos porcentuales por encima de la tasa de interés base. Nos reservamos el derecho de reclamar más daños causados por retrasos.
5. Si después de la celebración del contrato se pone de manifiesto que nuestra reclamación de pago está en peligro por la incapacidad de pago del comprador, tenemos derecho a los derechos en virtud del artículo 321 del Código Civil alemán (objeción de incertidumbre). A continuación, también tenemos derecho a presentar todas las reclamaciones no anuales derivadas de la relación comercial actual con el comprador y a obtener la autorización de recogida de acuerdo con el punto. V/5. En caso de retraso en el pago, también tendremos derecho a exigir la devolución de la mercancía después de que haya expirado un período de gracia razonable y a prohibir la reventa y posterior transformación de las mercancías entregadas. La retirada no es una retirada del contrato. Todas estas consecuencias legales pueden ser evitadas por el comprador mediante el pago o la seguridad en el monto de nuestra reclamación de pago en peligro. Las disposiciones del Reglamento de Insolvencia no se verán afectadas por las disposiciones anteriores.
6. Un descuento acordado siempre se refiere únicamente al valor de la factura exclusivamente flete y presupone la liquidación completa de todos los pasivos debidos del comprador en el momento del pago. Los costos de las herramientas son netos.
IV. Períodos de entrega
1. Se cumplen los plazos y plazos de entrega si el artículo de entrega ha salido de nuestra empresa en el momento en que expira.
2. Los plazos de entrega se prorrogarán en la medida adecuada en el caso de medidas en el contexto de litigios laborales, en particular huelgas y bloqueos, así como en caso de obstáculos imprevisibles fuera de nuestro control, en la medida en que dichos obstáculos sean demostrablemente de una influencia significativa en la producción o entrega de la partida de entrega. Esto también se aplica si las circunstancias ocurren con el proveedor. Informaremos al Comprador de tales circunstancias sin demora. Estas regulaciones se aplican en consecuencia a las fechas de entrega.
V. Retención del título
1. Todos los bienes entregados siguen siendo de nuestra propiedad (bienes reservados) hasta que se hayan cumplido todas las reclamaciones derivadas de la relación comercial, independientemente de la razón legal, incluidas las reclamaciones futuras o contingentes.
2. El procesamiento y procesamiento de las mercancías sujetas a retención de títulos se llevará a cabo para nosotros como fabricante en el sentido del artículo 950 del Código Civil Alemán (BGB) sin ninguna obligación sobre nosotros. Las mercancías transformadas se consideran mercancías sujetas a retención de titularidad en el sentido de la sección V/1. En caso de transformación, combinación y mezcla de las mercancías sujetas a retención de la titularidad con otros bienes por parte del comprador, tendremos derecho a la copropiedad del nuevo artículo en proporción al valor de la factura de los bienes sujetos a la retención de la titularidad al valor de la factura de los otros bienes utilizados. Si nuestra propiedad expira por conexión o mezcla, el comprador ya nos transferirá los derechos de propiedad a los que tiene derecho a la nueva acción o al artículo en la medida del valor de la factura de los bienes reservados y los conservará para nosotros de forma gratuita. Los derechos de copropiedad resultantes de los mismos se consideran productos reservados en el sentido de la parábola. V/1.
3. El Comprador sólo podrá vender los bienes sujetos a retención de titularidad en el curso ordinario de su actividad comercial en sus condiciones normales y siempre que no esté en incumplimiento, siempre que las reclamaciones derivadas de la reventa de conformidad con la V/4 a V/6. No tiene derecho a otras disposiciones sobre los bienes reservados.
4. Las reclamaciones del comprador derivadas de la reventa de los bienes reservados ya nos están asignadas. Se utilizan en la misma medida que las mercancías reservadas. Si los bienes sujetos a retención de título son vendidos por el comprador junto con otros bienes no vendidos por nosotros, la cesión de la reclamación de la reventa sólo se aplicará al importe del valor de reventa de los bienes reservados vendidos en cada caso. En el caso de la venta de bienes en los que compartimos copropiedad de acuerdo con V/2, se aplicará la cesión de la reclamación por el importe de estas acciones de copropiedad.
5. El comprador tiene derecho a recoger reclamaciones de la reventa hasta que se permita nuestra revocación en cualquier momento. Sólo podremos retirarnos del derecho de desistimiento en el III/4. A petición nuestra, el comprador está obligado a informar a sus clientes inmediatamente de la cesión a nosotros – a menos que lo hagamos nosotros mismos – y a proporcionarnos la información y los documentos necesarios para la recogida.
6. El comprador debe notificarnos inmediatamente de un embargo u otro impedimento por parte de terceros.
7. Si el valor de los valores existentes supera las reclamaciones garantizadas en un total de más del 50 %, estaremos obligados a liberar valores a nuestra discreción a petición del comprador.
VI. Ejecución de entregas
1. Al entregar las mercancías a un transportista o transportista, pero a más tardar al salir del almacén o – en el caso de las transacciones de ruta – la planta de entrega pasa el riesgo para el comprador en todas las transacciones, incluidas las entregas francesas y de casa libre. La obligación y los costes de descarga correrán a cargo del comprador. Solo proporcionamos un seguro a la dirección y costo del comprador.
2. Tenemos derecho a realizar entregas parciales en una medida razonable. En el caso de los productos manufacturados, se permiten entregas excesivas e inferiores de hasta el 10 % de la cantidad completada.
3. Cintura según el acuerdo (por ejemplo, 25 o 50 m bunde- bajo petición en bolsas de PE). Las sublongitudes son inevitables desde el punto de vista de fabricación y se suministran en consecuencia (máximo 30% del volumen de entrega). La producción se lleva a cabo en condiciones técnicas de entrega.
4. Las tolerancias dimensionales de nuestros productos de silicona se determinan y producen de acuerdo con DIN ISO 3302-1 E2. Para productos de espuma, se aplica DIN ISO 3302-1 E3. Estas tolerancias se aplican a menos que se haya acordado explícitamente una tolerancia especial con el cliente, que se ha confirmado en la confirmación del pedido.
5. En el caso de las órdenes telefónicas, tenemos derecho a producir o tener toda la cantidad de pedido fabricada de manera cerrada. Cualquier solicitud de cambios ya no podrá tenerse en cuenta después de que se haya realizado el pedido, a menos que se haya acordado expresamente. Las fechas y cantidades de llamada sólo pueden cumplirse en el ámbito de nuestras posibilidades de entrega o producción, a menos que se hayan realizado acuerdos firmes. Si las mercancías no se recuperan de acuerdo con el contrato, tenemos derecho a cobrarlas como entregadas después de que haya transcurrido un período de gracia razonable.
VII. Responsabilidad por defectos
1. En caso de notificación justificada e inmediata de defectos, podemos, a nuestra elección, remediar el defecto o entregar un artículo libre de defectos (rendimiento posterior). En caso de incumplimiento o denegación de la ejecución posterior, el comprador puede reducir el precio de compra o retirarse del contrato después de establecer y expirar sin éxito un período de tiempo razonable. Si el defecto no es significativo, sólo tiene derecho al derecho a reducir el daño.
2. Sólo asumiremos gastos en relación con la ejecución posterior si son razonables en casos individuales, en particular en relación con el precio de compra de los bienes. Nuestra empresa sólo es responsable en el ámbito de su valor añadido. No asumimos ningún gasto incurrido como resultado de que los bienes se trasladen a un lugar que no sea el domicilio social o la sucursal del comprador.
3. Mientras el comprador no nos dé la oportunidad de convencernos del defecto, en particular a petición de que no proporcione los bienes o muestras del misma, no puede basarse en defectos de la mercancía.
4. Se formularán nuevas reclamaciones de conformidad con las disposiciones de la VIII excluido. Esto se aplica en particular a las reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios que no hayan surgido sobre los propios bienes (daños consecuentes por defectos).
VIII. Limitación general de responsabilidad y limitación de limitaciones
1. Debido al incumplimiento de las obligaciones contractuales y extracontractuales, en particular debido a la imposibilidad, retraso, culpabilidad en la iniciación del contrato y el agravio, sólo seremos responsables en casos de dolo y negligencia grave, limitado al daño contractual típico previsible en el momento de la celebración del contrato.
2. Estas restricciones no se aplicarán de forma fraudulenta en caso de defectos culpables en el artículo o han garantizado su ausencia. Las normas sobre la carga de la prueba no se ven afectadas.
3. A menos que se acuerde lo contrario, las reclamaciones contractuales derivadas del comprador contra nosotros en la ocasión o en relación con la entrega de las mercancías quedarán prescritas un año después de la entrega de la mercancía. Este plazo también se aplica a los bienes que tienen derecho a uso de acuerdo con su uso habitual y el plazo de prescripción para el recurso legal. En el caso de rendimiento posterior, el período de prescripción no comienza a ejecutarse de nuevo.
IX. Derechos de autor
1. Nos reservamos el derecho de propiedad y derechos de autor sobre estimaciones de costos, borradores, dibujos y otros documentos; solo pueden ponerse a disposición de terceros de acuerdo con nosotros. Los dibujos y otros documentos asociados con las ofertas deben devolverse bajo petición.
2. En la medida en que hayamos entregado artículos de acuerdo con dibujos, modelos, muestras u otros documentos entregados por el comprador, el comprador asume la garantía de que no se infrinjan los derechos de propiedad intelectual de terceros. Si terceros nos prohíben, basándose en los derechos de propiedad intelectual, en particular la producción y entrega de dichos objetos, tenemos derecho -sin estar obligados a examinar la situación jurídica- a cesar cualquier actividad ulterior a este respecto y a exigir daños y perjuicios en caso de culpa del comprador. El comprador también se compromete a indemnizarnos inmediatamente de todas las reclamaciones de terceros en relación con esto.
X. Herramientas
1. Si el comprador tiene que proporcionar piezas para la ejecución de la orden, será libre de entregar el sitio de producción con el lugar de producción acordado, de lo contrario con una cantidad adicional apropiada para cualquier chatarra a tiempo, de forma gratuita y sin defectos. Si no lo hace, se producirán los costes y otras consecuencias incurridas.
2. La producción de piezas de ensayo, incluidos los costes de los moldes y herramientas, correrá a cargo del comprador.
3. La propiedad de los moldes, herramientas y otros dispositivos necesarios para la fabricación de piezas pedidas se regirá por los acuerdos celebrados. Nos comprometemos a mantener estos dispositivos disponibles al menos dos años después del último uso.
4. Para herramientas, moldes y otros equipos de fabricación proporcionados por el comprador, nuestra responsabilidad se limita al cuidado como en nuestro propio caso. Los costes de mantenimiento y mantenimiento correrán a cargo del comprador, a menos que se acuerde por separado. Nuestra obligación de retención expira -independientemente de los derechos de propiedad del comprador- a más tardar dos años después de la última producción del molde o de la herramienta.
XI. Lugar de ejecución, lugar de jurisdicción y ley aplicable
1. El lugar de ejecución de nuestra entrega es, a menos que se acuerde lo contrario, el domicilio social de nuestra empresa. El lugar de jurisdicción para los comerciantes es Helmstedt. También podemos demandar al comprador en su lugar de jurisdicción.
Además de estos términos y condiciones, todas las relaciones legales entre nosotros y el Comprador se regirán por la legislación alemana, incluidas las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre la Venta Internacional de Mercaderías (CISG) de 11 de abril de 1980.